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Noviembre 2015

La fronda conservadora y la reforma laboral


Alexis Guardia B.

La reforma laboral en actual trámite parlamentario entra en su etapa final. Ella está dirigida a la relación entre el mundo asalariado que representa el 70% de la ocupación y que se distribuyen en las empresas que declaran ventas y que excluyen las micro empresas, es decir aproximadamente el 25% del total de las empresas en Chile. Es una reforma que después de 25 años de vida democrática aborda por primera vez directamente los temas que limitan el derecho a huelga y el poder de negociación de los sindicatos al interior de la empresa. Situación que genera actualmente una cobertura de negociación colectiva en torno al 9% de los trabajadores, una de las bajas de los países de la OCDE (62% Alemania, Suecia 90%, Estados Unidos, 17%).

Sin embargo lo que resulta más interesante en la discusión misma del proyecto es el surgimiento de un frente conservador tecnocrático que confunde “derecho del trabajo” con “derecho al trabajo” y que políticamente va desde la oposición hasta parte de la Nueva Mayoría. Su argumentación se focaliza en dos temas fundamentales: el reemplazo interno durante la huelga y los presumibles efectos económicos de la reforma laboral.(véase inserción en el Mercurio de Fundación Ciudadanos en Acción, domingo 18 octubre).

La argumentación a favor del reemplazo interno se apoya en dos ideas básicas. La primera es que la huelga que realiza un sindicato que representa un grupo pequeño de trabajadores puede paralizar completamente a la empresa.(en general esta argumentación viene casi siempre acompañado con el ejemplo del Metro) y para lo cual habría que equiparar las condiciones de negociación cuestión que no se lograría solo regulando los servicios mínimos de acuerdo a disposiciones de la OIT. El segundo argumento, es que el reemplazo de los trabajadores huelguistas y el descuelgue ya se acepta en buena parte de los países desarrollados (OCDE) no comprometiendo el derecho a tener una huelga efectiva,

Respecto al primer argumento el abogado laboralista chileno Diego Lopez acota: “Tal y como lo ordena la ley laboral vigente (y lo ratifica el proyecto de ley) la huelga, de hacerse efectiva, comprenderá única y exclusivamente a los trabajadores involucrados en la respectiva negociación colectiva, de manera que no es posible que una huelga decidida por un sindicato que representa a un grupo pequeño de trabajadores logre paralizar completamente a una empresa.”(El Mostrador). Naturalmente un sindicato pequeño pero estratégico puede entorpecer el funcionamiento de la empresa pero tratándose de una empresa de utilidad pública como el Metro existe la obligación de un servicio mínimo. Si la empresa no fuera de utilidad pública la huelga declarada por uno de los sindicatos cuyos miembros cumplen funciones estratégicas en la empresa, podría tener efectos mayores en el funcionamiento de la empresa. Por tanto según la argumentación analizada “se estaría entregando un poder monopólico al sindicato para mediante huelgas sin reemplazo ni descuelgue lograr alzas artificiales de salarios”(J.A.Fontaine “manifiesto en inserción mercurial”. Es decir, el reemplazo interno en caso de huelga, estaría basado más en el principio de la igualdad de las partes y la libertad contractual (lo que otros dicen de manera más prosaica “emparejando la cancha”) que en los fundamentos del derecho del trabajo de inspiración liberal, el que enmarca la relación del trabajo asalariado con el empleador, donde uno puede mandar y otro obedecer. “Allí donde el derecho de los contratos postula la autonomía de la voluntad individual, el derecho del trabajo, organiza la sumisión de la voluntad. El contrato del trabajo incorpora así una antinomia que el derecho romano había percibido bien negándose a admitir que un hombre libre pueda seguir siéndolo cuando él se pone al servicio de otro”.(1)

La verdad es que la actual demanda de incorporar el remplazo interno en caso de huelga cuando al mismo tiempo se pide que el aviso de huelga tenga que ser dado a la empresa con 45 días de anticipación, esto tiene poca relación con el derecho del trabajo, más bien tiene que ver con la “pillería” criolla que le permite a las empresas armarse bien para hacer frente a la huelga y quitar toda efectividad a esta última.

Por otra parte el argumento de que el reemplazo interno ya se hace en la mayoría de los países de la OCDE, es impresentable cuando sabemos que a la fecha son situaciones incomparables entre Chile y dicha organización, ya sea desde el punto de vista de cobertura de la negociación colectiva, la negociación por ramas, negociaciones tripartitas entre empresas, sindicatos y Estado para abordar temas laborales de largo plazo como capacitación, productividad ( caso de los países escandinavos) o de corto plazo cuando se trata de hacer frente a una crisis de actividad y se acuerda entre empresarios y sindicatos, bajar salarios o disminuir jornada de trabajo ( caso de Alemania). Chile esta años luz en sus relaciones laborales actuales respectos a las que rigen en la OCDE y no va disminuir porque se adopte el reemplazo interno frente a la huelga.

El segundo argumento del frente conservador es que la reforma laboral tendrá como consecuencia un aumento de los salarios y un aumento del desempleo debido a que al crecer el costo salarial se generaría un efecto de sustitución instantáneo de mano de obra por capital, razonamiento inspirado de la visión neoclásica de la economía. Esta teoría además tiene dos supuestos heroicos, primero que el nivel global de demanda y producción no cambia y que dado el régimen de competencia de la economía (donde entre otras cosas, no existe la colusión de precios) esta tiende al pleno empleo. Hace mucho tiempo Keynes y Kalecki demostraron el esoterismo de la teoría neoclásica en su versión más ortodoxa, pues si el aumento de salarios se traduce en aumento de precios las ganancias nominales de las empresas respecto a sus deudas crece lo que hace aumentar la inversión, el ingreso y el empleo; o bien si en el corto pazo las decisiones de inversión y el consumo capitalista provienen de las ganancias obtenidas, el aumento de salarios genera un aumento del consumo de los asalariados y del nivel de actividad y empleo.

La reforma laboral ha tenido el mismo destino que la reforma tributaria, al final se constituyó un frente conservador de economistas, amplio como bastión de defensa ideológica del mundo empresarial. En el caso tributario se trato de corregir lo menos posible las modalidades de tributación empresarial, incorporada en la reforma. Esta tributación se hacía en parte sobre las utilidades retiradas, generando así el conocido Fondo de Utilidades Tributables(FUT). Las razones para mantener esta situación anómala, es que gracias a ella, el ahorro privado sobre el PIB había aumentado del 15 al 18% en casi tres décadas (lejos del ahorro alcanzado en los países asiáticos) sin considerar que el sector empresarial chileno tiene los más bajos niveles de gastos en “desarrollo e investigación” de la OCDE, del orden del 15% cuando en dicho organismo es más del 60% (según actual Ministro de Hacienda).Sin olvidar además que el FUT ha alcanzado un nivel casi equivalente a un PIB, y desde donde las empresas chilenas hacen operaciones lejos de la inversión productiva o el desarrollo tecnológico.

1) Alain Supiot « Critique du droit du travail » pag 109 Presse Universitaire de France 3 Ed 2015. Paris







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